¿Qué pasa si no ficho en el trabajo?
Respuesta corta
La obligación legal de que exista el registro es de la empresa, no tuya, y quien se expone a la sanción es ella. Pero fichar es una orden de trabajo legítima, así que negarse de forma reiterada sí puede tener consecuencias disciplinarias.
Quién responde de que falte
La ley pone la obligación en la empresa: es ella quien debe garantizar el registro y quien se expone a una infracción grave del artículo 7.5 de la LISOS, con multa de entre 751 y 7.500 euros, si no lo lleva o si no refleja la realidad. La Inspección no sanciona al trabajador.
Eso no significa que puedas ignorarlo. Si la empresa ha implantado un sistema y te ha dicho cómo usarlo, fichar entra dentro de las órdenes que puede dar en ejercicio de su poder de dirección. Negarse de forma reiterada puede acabar en sanción disciplinaria, con la gradación que marque tu convenio.
Si se te olvida un día
Un olvido puntual no es un problema disciplinario, es un hueco en el registro que hay que corregir. Díselo a tu responsable el mismo día o al siguiente y que quede anotado con la incidencia correspondiente. Lo que no debe hacerse es rellenarlo semanas después con horas aproximadas: eso convierte el registro en algo que no refleja la realidad, que es precisamente lo que se sanciona.
El caso más frecuente es olvidar la salida. Una jornada abierta sin cerrar distorsiona el cómputo —puede aparecer como catorce horas trabajadas— y arrastra el descanso entre jornadas del día siguiente. Cuanto antes se corrija, más creíble es la corrección.
Lo que la empresa no puede hacer
- Descontarte el día de sueldo por no haber fichado, si has trabajado. El registro prueba la jornada; no es lo que la genera.
- Rellenar tu registro con horas que no hiciste, en ningún sentido. Un registro falseado es infracción, la beneficie a ella o a ti.
- Negarte el acceso a tus propios fichajes. La ley obliga a tenerlos a tu disposición y a la de tus representantes.
- Usar el registro para vigilarte fuera de la jornada. Su finalidad es el control horario, y esa finalidad la acota.
Si faltan tus horas extra
El registro de jornada existe en buena medida por esto. Si haces horas de más y no aparecen, el propio registro es la prueba de que la empresa no está reflejando la realidad, y puedes hacerlo constar por escrito y solicitar copia de tus fichajes. Guardar tu propia anotación en paralelo —con fechas y horas— es razonable, aunque la prueba principal sigue siendo el registro de la empresa.
Última revisión: 14 de agosto de 2026. No es asesoramiento jurídico: para un caso concreto, consulta con tu asesoría laboral.
Registro de jornada que no se puede alterar
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